Este es un proceso democrático muy importante para nuestros
barrios, ya que cada habitante puede participar en esta actividad mediante la
ley 743, la cual consiste en elegir a nuestros representantes comunales cada 4
años.
Sin embargo, debido a la pandemia ocasionada por el
covid-19, el ministerio del interior, quien regula los temas comunales,
suspendió el proceso el año pasado. Este año se retoma las votaciones, que se
llevaran a cabo el próximo 28 de noviembre a nivel nacional. Tenga en cuenta
que el periodo será de 2 años y medio. Esta jornada cuenta con un procedimiento
para su transparencia pues cada junta de acción comunal debe disponer del
tribunal de garantías, una instancia importante en donde tres aliados deben
velar para que todo el proceso se realice adecuadamente.
Es importante que estas elecciones se hagan según lo
establecido por la norma estatutaria y norma legal. Por lo general el proceso
de elección es de forma directa, pero en algunos casos se hace a través de
asambleas por medio de un proceso de postulación.
En la acción comunal, no se escoge por persona, sino por
bloques, los cuales se conforman con cinco directivos que son: la comisión de
convivencia, comisión de trabajo, conciliadores y fiscal. Cada bloque se
compone por un número de personas; los habitantes del barrio deben consultar el
plan de trabajo y votar por su bloque.
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