Ordenan Libertad para Huber Ballesteros

Imagen tomada de internet
El proceso que ha librado Huber, responde a motivaciones políticas que han desconocido sus derechos fundamentales y las garantías procesales que son de obligatorio cumplimiento en un Estado que se pretenda caracterizar como de derecho.
Pues a él se le había acusado tajantemente que Huber no ha dejado de ser una amenaza para la sociedad, además de contar con la posibilidad de evadir el accionar de la “justicia” por cuenta de su “cercanía con miembros del Secretariado de las FARC”
Sin embargo el día de hoy 13 de enero de 2017, en audiencia de solicitud de revocatoria de medida de aseguramiento de HUBER JESUS BALLESTEROS GOMEZ a instancias del Juzgado 24 de control de garantías, la cual inició el miércoles 11 de enero y continuo el día de hoy desde las 6:00 de la mañana, la defensa técnica de HUBER JESUS BALLESTEROS GOMEZ planteo que de acuerdo a la nueva realidad política, se produjo decaimiento de los fines constitucionales para mantener privado de la libertad y se tomó como referencia la ley 1820 del 30 de diciembre de 2016 “Por medio de las cuales se dictan disposiciones sobre amnistías e indultos y tratamientos penales especiales y otras disposiciones”. 

Adicionalmente en desarrollo de la audiencia, se exhibió el listado más de 300 líderes sociales que formalmente las FARC-EP relacionaron para aplicársele el artículo 35 y el tratamiento penal diferenciado en el que HUBER está relacionado como uno de los líderes sociales a que debe que aplicárseles el marco jurídico derivado de los Acuerdos de Paz.

Luego de luego tres años, cuatro meses y diecinueve días de encarcelamiento, el juez concluyo que no existen fundamentos constitucionales en el contexto actual para mantener privado de la libertad a Huber Ballesteros y en consecuencia ordeno su libertad inmediata.

HUBER es el primer dirigente agrario, sindical y político que recobra su libertad por decisión judicial en una acertada interpretación del actual contexto en el marco de la implementación del “Acuerdo Final para la Construcción de la Paz Estable y Duradera” Suscrito entre las FARC-EP y el gobierno nacional.

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