Por: Oficina de prensa Olga Lucia Velazques
Representante a la cámara por Bogotá
El tema de las
llamadas “licencias ambientales exprés” tiene enfrentado a ambientalistas y a
representantes del sector minero, petrolero o de infraestructura. Los primeros
consideran que estos permisos deben otorgarse luego de profundos estudios que
consideren los diversos efectos ecológicos y sociales que conlleva la actividad
minera. En Colombia, por la Ley 99 de 1993, una licencia de este tipo duraba 24
meses. Por su parte, el sector de minería, petróleo e infraestructura considera
que la demora en la otorgación de licencias ambientales frena la inversión de
las empresas que generan al país impuestos y puestos de trabajo.
Ante tal panorama
el gobierno nacional incluyó dentro del Plan Nacional de Desarrollo (PND)
2014-2018 una serie de medidas tendientes a generar, con la explotación de
recursos naturales no renovables, el crecimiento económico y el bienestar
social que el país necesita reduciendo al mínimo el impacto social y ambiental
que conlleva la actividad minera.
La Representante
a la Cámara por Bogotá, Olga Lucia Velásquez Nieto defiende
las medidas sobre el sector minero contempladas dentro del Plan Nacional de
Desarrollo (PND) 2014-2018. “La actividad minera, petrolera y de
infraestructura fue contemplada buscando lograr el equilibrio entre desarrollo
económico y protección ambiental”.
La parlamentaria
considera que ha existido desinformación por parte de ciertos actores políticos
y ambientalistas y se refiere, concretamente, a “las mal llamadas ´licencias
ambientales exprés´ “, afirma Olga Lucia Velásquez Nieto. “las licencias ambientales no son exprés. Siguen
teniendo un proceso que contempla diversas fases. Lo que se hizo fue redistribuir los tiempos
reduciéndolos en etapas lo que genera mayor transparencia y rigor técnico en
los procesos que requieren de dichas licencias”, señala la Representante a la
Cámara.
Otra idea que circuló profusamente entre
ambientalistas y medios de comunicación, “Fue que el Plan Nacional de
Desarrollo (PND) favorecía la explotación de los páramos, lo cual es falso”,
señala Olga Lucia Velásquez quien explica que el artículo 173 del PND establece
de forma clara que en “las áreas delimitadas como páramos no se podrán
adelantar actividades agropecuarias ni de exploración o explotación de recursos
naturales no renovables, ni construcción de refinerías de hidrocarburos”.
La parlamentaria afirma que el “PND protege
nuestros páramos, verdaderas “fábricas de agua” dotados de gran biodiversidad y
que son una riqueza ecológica del país ya que poseemos el 60% de los páramos
del mundo”.
Finalmente Olga Lucia Velásquez Nieto celebró
que dentro del PND en el artículo 19 “se haya contemplado a la pequeña minería,
una actividad en la que se desempeñan miles de personas”. Con las figuras del Subcontrato
de Formalización Minera y la Devolución de áreas para la formalización minera, los
pequeños mineros podrán seguir ejerciendo su labor bajo la fiscalización y
auditoría de las autoridades competentes.
La Representante a la Cámara por Bogotá del
Partido Liberal recordó que según un estudio de la Universidad Nacional “el 72%
de las minas del país corresponden a pequeña minería y dentro de este
porcentaje, el 66% es ilegal por lo que es necesaria una reglamentación que
contemple a esta actividad pero que también la vigilé”.
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